Ayudas a los jóvenes para el alquiler de vivienda

El Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano abre el plazo para que la juventud de entre 18 y 35 años pueda pedir ayudas para el alquiler

●  Las solicitudes se deberán presentar hasta el 17 de noviembre en el SAC

El Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano abre la convocatoria para solicitar ayudas para el alquiler de la vivienda para la juventud. A través de esta Ordenanza se busca apoyar a la población de entre 18 y 35 años y facilitarles así la emancipación. El Ayuntamiento destinará un máximo de 7.775 euros del presupuesto de este año para este fin.  

Las ayudas pretenden contribuir en parte al pago del alquiler a jóvenes de 18 a 35 años que dispongan o se comprometan a hacerlo antes del 31 de octubre del año en curso, de una vivienda destinada a domicilio habitual en régimen de alquiler y ubicada en Amorebieta-Etxano. La subvención se realizará para el gasto de alquiler asumido por el o la beneficiaria durante un mínimo de doce meses, y siempre y cuando dichas condiciones se mantengan durante dicho periodo de tiempo.

Requisitos específicos de las personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas tanto a título individual o como agrupadas en una unidad familiar. Constituyen una unidad familiar las personas unidas en matrimonio o como pareja de hecho registrada, y en su caso, los hijos e hijas a su cargo, así como las unidades monoparentales formadas por un único padre o madre y los hijos e hijas a su cargo. Todas y cada una de las personas integrantes de la unidad familiar, salvo los y las menores de edad deberán cumplir una serie de requisitos. Así, se deberá tener una edad entre 18 y 35 años, excepción hecha de los y las menores dependientes que cohabitan en la unidad convivencial. Por su parte, ningún o ninguna solicitante o miembro componente de la unidad convivencial podrá poseer vivienda alguna de su propiedad, salvo en el supuesto de que sea cotitular de una o varias viviendas adquiridas por herencia o donación, en las que ninguno de los porcentajes de cotitularidad supere el 50% y el valor de las participaciones no superen los 75.000 euros. Además, todas las personas que forman parte de la unidad convivencial del o de la solicitante deberán empadronarse en la vivienda objeto de subvención tras la formalización del contrato, cuestión que acreditarán con carácter previo a la percepción de la ayuda y deberán permanecer empadronadas en la misma durante el período que comprenda la ayuda. Asimismo, en caso de que haya personas, no titulares del contrato, empadronadas en la vivienda con fecha anterior al inicio del mismo, los y las titulares del contrato deberán formular la solicitud de baja del padrón de dichas personas, dentro del periodo de subvención. 

De la misma forma, al menos, una de las personas adultas integrantes de la unidad convivencial deberá haber estado empadronada en el municipio, durante los últimos 2 años de manera consecutiva o durante al menos 10 años de manera interrumpida, en el momento de presentar la solicitud. En lo que a los ingresos de la unidad convivencial se refiere, deberán ser inferiores a 28.000 euros brutos anuales. Y, en cuanto a los requisitos de la vivienda, deberá contar con un dormitorio por cada dos personas (como máximo) de la unidad familiar y el precio del alquiler no podrá superar los 650 euros/mes y los contratos de arrendamiento se deberán registrar en el Gobierno Vasco. 

Presentación de solicitudes: hasta el 17 de noviembre

El plazo de presentación de solicitudes ya está abierto y finalizará el 17 de noviembre. Las solicitudes se deberán presentar en el Servicio de Atención Ciudadana del Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano. Entre otros documentos, se deberán entregar el impreso cumplimentado, el DNI o tarjeta de residencia de cada una de las personas integrantes en la unidad convivencial y el contrato de arrendamiento. 

La cuantía de la ayuda se establece en un máximo del 50% de la cantidad subvencionable, con un límite máximo de 250,00 euros/mes por solicitud para un periodo máximo de 12 mensualidades. Las subvenciones concedidas de acuerdo con las bases reguladoras no serán compatibles con otras ayudas destinadas para el mismo fin. En este sentido, se excluyen expresamente como demandantes de dichas ayudas los y las jóvenes que dispongan de una vivienda alquilada a través del Programa Bizigune.

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