Ayudas accesibilidad

El Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano abre el plazo para solicitar ayudas para suprimir barreras arquitectónicas y garantizar la accesibilidad

  •   Las solicitudes se deberán presentar hasta el 17 de noviembre en el SAC

El Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano ha abierto el plazo para solicitar ayudas para suprimir barreras arquitectónicas en los hogares. Así, se busca proporcionar apoyo económico a las familias residentes en el municipio, para contribuir al cambio de bañera por ducha en domicilios de primera vivienda, que no dispongan de una ducha accesible.

Podrán solicitar la subvención las personas mayores de 80 años empadronadas en Amorebieta-Etxano y que entre otros, cumplan los siguientes requisitos: deberá ser el domicilio habitual del o de la solicitante; el beneficiario o beneficiaria deberá encontrarse al corriente de pago de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento; la persona beneficiaria y su cónyuge no podrán superar los 15.000 euros de patrimonio mobiliario, ni podrán disponer de una segunda vivienda en propiedad y la persona beneficiaria deberá comunicar la actuación de la obra al Ayuntamiento. Podrán ser beneficiarios tanto el propietario o propietaria del domicilio o su inquilino o inquilina con la autorización por escrito de la propiedad.

El gasto subvencionable irá dirigido a cubrir los gastos derivados del cambio de bañera por ducha en domicilios de primera vivienda, que no dispongan de una ducha accesible y el importe máximo a conceder será de 2.500 euros durante este año.

Rentas de la unidad familiar

La cuantía de la ayuda por domicilio se valorará en función de las rentas de la unidad familiar (solicitante y cónyuge). Así, se entiende por renta familiar anual los ingresos periódicos brutos, incluidos rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario y se recibirá un porcentaje u otro según la misma: para rentas de la unidad familiar de hasta 20.000 euros brutos anuales la subvención será del 80% del gasto; en rentas de entre 20.001 hasta 25.000 euros brutos: 70% del gasto; entre 25.001 hasta 30.000 euros brutos: 60% del gasto; desde 30.001 hasta 35.000 euros brutos: 50% del gasto; desde 35.001 hasta 40.000 euros brutos: 40% del gasto, y para rentas de la unidad familiar mayores de 40.001 euros brutos: 300 euros. Para la determinación de la cuantía deberán ser tenidos en cuenta tanto los gastos de la propia obra como los correspondientes a los tributos municipales en que se incurra.

Documentación y plazo de presentación

El plazo para presentar las solicitudes para recibir la ayuda con el fin de garantizar la accesibilidad en las viviendas está abierto y se deberán entregar, entre otros, los siguientes documentos en el Servicio de Atención Ciudadana: documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante y en su caso del cónyuge; copia de la escritura de propiedad o nota simple informativa del registro de la propiedad; contrato de alquiler, en su caso, y autorización de la propiedad si la solicitud la formulan los o las inquilinas, dos presupuestos de la obra a realizar, ya que para la concesión de la subvención se tendrá en cuenta el presupuesto más económico; certificados bancarios relativos al estado de cuentas y títulos bancarios, de o de la solicitante y su cónyuge; certificados acreditativos de bienes y renta y certificado de cuentas bancarias del último año de Hacienda Foral así como el de bienes e inmuebles rústicos y urbanos de la Agencia Tributaria Estatal y certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social o autorización al Ayuntamiento para obtener esta documentación de otras administraciones; domiciliación bancaria; certificado de la Inspección Técnica de Edificios, en los casos en que sea obligatorio este trámite.

El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación correspondiente finalizará el próximo 17 de noviembre en el Servicio de Atención Ciudadana (SAC).

Artículo anteriorLos azules salen goleados de Butarque
Artículo siguienteZornotzako Musika Bandak ‘Bitartean artea tarteko’ aurkeztu du