AMOREBIETA, PUEBLO ROJO POR CASOS DE COVID-19

Ya hemos superado la barrera de 500 casos por cada 100 mil habitantes, 502,12. Esto supone que, según la catalogación del Gobierno Vasco, Amorebieta-Etxano puede sufrir restricciones más severas, tal y como ha sucedido en otros pueblos del Duranguesado. En la última semana se han contabilizado 54 casos en nuestra localidad. Euskadi endurecerá hoy las restricciones del estado de alarma decretado por Pedro Sánchez, sobre todo en las zonas rojas. Atentos por lo tanto a las medidas que anuncien hoy las autoridades. Estas son las recomendaciones y medidas para las zonas rojas en vigor hasta ahora:

Recomendaciones generales:

No salir ni entrar en los municipios salvo para desplazamientos que se produzcan por asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios, así como los desplazamientos por motivos laborales, estudios, por retorno al lugar de residencia habitual, por asistencia y cuidado de dependientes o por causa de fuerza mayor.
Limitar encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable
Cancelar o posponer cualquier actividad que no sea imprescindible.
En la medida de lo posible, restringir los encuentros sociales en espacios interiores al grupo de convivencia estable y realizar las actividades en espacios abiertos y bien ventilados

Medidas generales:

Suspensión de cualquier tipo de actividad deportiva en grupo salvo en las competiciones deportivas oficiales en curso.
Sólo se podrá practicar deporte de manera individual.
Se prohíbe limitarán la utilización de parques infantiles, parques públicos y terrazas, entre las 21.00 y las 6.00 horas, salvo para el tránsito de personas.
Se prohíbe la venta de alcohol en establecimientos comerciales entre las 21.00 y las 8.00 horas.
Los establecimientos comerciales, a excepción de establecimientos de alimentación, farmacias y estaciones de servicio de carburantes, deberán cerrar a las 21h.

Establecimientos y servicios de hostelería y restauración

Se prohíbe el consumo en barra. Solo se podrá consumir sentado y en mesa.
Se establece para los establecimientos y servicios de hostelería y restauración la limitación de cierre a las 21.00 horas. A partir de esa hora el local deberá permanecer cerrado, sin público y no podrá ser reabierto antes de las 6.00 horas.
Se prohíbe cualquier actividad de restauración que se desarrolle de pie, como cócteles o similares.

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